CDMX.- Con cuatro votos a favor y uno en contra, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió dos amparos y estableció una jurisprudencia que permitirá cultivar y consumir marihuana con fines recreativos a cualquier ciudadano que solicite un permiso al Gobierno federal.
Luego de la decisión de la Corte, el titular de la Secretaría de Salud, José Narro, informó que el próximo lunes el responsable de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), Julio Sánchez y Tépoz, podría presentar los lineamientos en materia de control sanitario del cannabis y sus derivados, para cultivar, comercializar, consumir, exportar e importar marihuana con fines medicinales y de investigación.
Ayer Primera Sala del máximo tribunal debatió dos proyectos de amparo (548/2018 y 547/2018), en los que los ministros Arturo Zaldívar y Norma Piña propusieron invalidar los artículos de la Ley General de Salud que establecen la prohibición absoluta de la cannabis, argumentando que viola derechos humanos, como el de la libre personalidad de las personas y a la salud, entre otros.
De acuerdo con lo avalado, los consumidores no podrán vender ni distribuir a terceros la marihuana que cultiven.
Con este fallo, además de otros amparos que la Corte había admitido previamente, se crea una jurisprudencia que obligará a los jueces de todo el país a emitir sus sentencias conforme a los criterios establecidos por la SCJN, y después, al Congreso de la Unión a regular este tema.
La organización México Unido Contra la Delincuencia se pronunció y dijo que las cinco decisiones judiciales de la primera sala de la SCJN confirman que el modelo prohibicionista es inconstitucional y que México debe transitar hacia la regulación de las drogas para mejorar las condiciones de justicia y paz en el país.
“Se cumple con las condiciones constitucionales para integrar una jurisprudencia que obligue a todos los jueces del Poder Judicial de la Federación. Desde ahora, ningún juez debe negar los derechos humanos de las personas usuarias de cannabis“, afirmó por su parte el abogado Andrés Aguinaco, integrante de la organización SMART (Sociedad Mexicana de Autoconsumo Responsable y Tolerante).
Sin embargo, aunque exista la jurisprudencia de la Corte, es necesario que el Congreso de la Unión realice las modificaciones normativas correspondientes para derogar el modelo prohibicionista actual, por resultar violatorio a los derechos humanos establecidos en la Constitución.
Este criterio fue sostenido por primera vez el 4 de noviembre de 2015, a propuesta del ministro Arturo Zaldivar y fue reiterado posteriormente en los amparos en revisión 111/2017 y 623/2017. Al existir cinco precedentes en el mismo sentido sobre el tema, el criterio será obligatorio para todos los tribunales del país.