Obligan a Semarnat a restaurar Tajamar
Obligan a Semarnat a restaurar Tajamar

Por Ricardo Hernández

Cancún.- Por orden judicial, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) estará obligada a restaurar toda el área afectada por la maquinaria que irrumpió hace tres años en Tajamar, informó el Centro Mexicano de Derecho Ambiental (Cemda), mediante un comunicado.

Ello se logró dado que Araceli Domínguez, del Grupo Ecologista del Mayab, consiguió el pasado marzo una sentencia favorable que deja sin efecto la resolución de la juez Tercero de Distrito en Cancún, la cual concebía cumplida la sentencia que obligaba a la dependencia a restituir la zona devastada, ya que ello se haría “naturalmente”.

El nuevo dictamen establece: “la prohibición absoluta de ejecutar la autorización condicionada en materia de impacto ambiental, que había sido emitida por la Semarnat en 2005; el impedimento de talar o remover el mangle y emitir algún nuevo permiso”.

Además: “el deber de restituir la zona de mangle en toda el área de Malecón Tajamar que fue objeto de dicha autorización -excepto los espacios de vialidades que se encuentran con construcción finalizada- y la obligación de elaborar un plan de restauración”.

Es decir, que no sólo la secretaría está obligada a enmendar los daños de 10 lotes, causados en enero de 2016 tras la irrupción de maquinaria para devastar el mangle y dar paso a un complejo inmobiliario y comercial, sino que tendrá que arreglar “toda el área”.

La sentencia va en el mismo sentido que aquella de 2017, la cual detuvo el desarrollo del “megacomplejo” en el malecón, pero establece corregir la consideración de la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental (DGIRA) de la Semarnat, en el sentido de que la restauración debía limitarse únicamente a 10 lotes afectados, sin mayor sustento que lo manifestado por el Fondo Nacional de Fomento al Turismo (Fonatur), lo cual fue validado por el Juzgado Tercero de Distrito.

DAN REVÉS

El amparo en revisión 88/2017, dictada en 2017 por el Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, ordenó a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales abstenerse de ejecutar la autorización de impacto ambiental, otorgada a Fonatur, que permitía la remoción del manglar para edificar oficinas, centros comerciales y departamentos.

A su vez, el resolutivo obliga a la Semarnat a restaurar el mangle, acción que no se ha efectuado.

“Además, el Tercer Tribunal Colegiado consideró que no basta con que la dependencia realice un plan de trabajo, ya que ello constituye únicamente el primer paso, sino que, para considerar cumplida la sentencia, es necesario también implementar dicho plan y evaluar si las acciones son suficientes para que la zona afectada realmente se rehabilite”, informó Cemda.

“A partir de lo establecido por el Tercer Tribunal Colegiado, corresponde ahora a la juez Tercero de Distrito vigilar el cumplimiento de la sentencia para lograr que las cosas se restablezcan al estado que guardaban antes de que iniciara el juicio; esto es, requerir a la DGIRA se asegure que toda la zona dañada se restaurará, a través de la elaboración e implementación del plan de trabajo correspondiente”, concluye.

Como lo estipulaba el amparo en revisión en mención, esta sentencia impide que se vuelva a construir sobre el área, lo cual contradice lo marcado por el nuevo Programa de Desarrollo Urbano Municipal de Benito Juárez 2018-2030 publicado recientemente.

Y es que en el nuevo documento se incluyeron las 70 hectáreas que comprende Tajamar en el “Distrito 2”, en donde se pretende impulsar una política construcción para ordenar, regular y desarrollar la estructura urbana existente.

La contradicción ya había sido señalada por diversos sectores de la sociedad civil, ambientalistas y la prensa, no obstante, se decidió mantener.

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