Por Ricardo Hernández
CANCÚN, Q. Roo.- La organización Defendiendo el Derecho al Medio Ambiente Sano (DMAS) ha señalado que el Programa de Desarrollo Urbano (PDU) 2018-2030, elaborado durante la administración de Remberto Estrada, permite realizar obras sobre manglares, que fueron “borrados” de ese documento.
Como ejemplo, en el Distrito 3 existe un manglar, no obstante, las autoridades no lo señalizan en el PDU, en cambio, establecen que, sobre el área, se podrán realizar obras urbanas.
El otro caso es el del Distrito 8, donde se encuentra Tajamar. Pese a que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha prohibido construir sobre el área, el municipio aprobó usos de suelo que permiten realizar obras.
“Otro grave atentado contra el medio ambiente sano de los cancunenses, así como atentado contra la legislación ambiental”, ha acusado DMAS mediante un documento informativo.
La organización sostiene sus posiciones amparados en la literatura jurídica, específicamente, en la tesis Manglares o humedales costeros.
Bases constitucionales y legales de su protección por los órdenes de gobierno federal, estatal y municipal, emanada de Tribunales Colegiados de Circuito e identificada con el número 2017253.
En ella se lee: “Al reconocerse el valor hidrológico, biológico, químico, ecológico, económico, cultural y social de los manglares o humedales costeros, se dispuso en el Artículo 60 Ter de la Ley General de Vida Silvestre, así como en la NOM-022-SEMARNAT-2003… la prohibición de remover, rellenar, trasplantar, podar o cualquier obra o actividad que afecte la integridad del flujo hidrológico del manglar, del ecosistema y de su zona de influencia”.
De tal suerte que, permitir obras en estos espacios mencionados en Benito Juárez, contraviene la tesis, la Ley General de Vida Silvestre y la NOM.
De igual forma, señalan los ambientalistas, el Reglamento de Ecología y de Gestión Ambiental del Municipio de Benito Juárez establece que es de interés público del gobierno local la protección, conservación y regeneración de humedales, cenotes, lagunas y arrecifes coralinos, dunas, petenes y especies presentes en áreas verdes ubicadas en zonas urbanas.
“Sin embargo, el PDU que el Municipio elaboró, aprobó y publicó bajo la sanción de la autoridad estatal asigna uso de suelo de construcción sobre humedales, manglares y hasta cenotes”, apuntan.