“La ley no afecta a la corrida de toros del 20 de diciembre, que ha generado gran expectación y en la que participarán Pablo Hermoso de Mendoza y David Silveti, para celebrar el 30 aniversario de la Plaza de Toros. En primer lugar, la ley fue publicada luego del anuncio de la corrida y hay que recordar que las leyes nunca son retroactivas. Es a partir de hoy que ya están prohibidas, pero no las que se programaron antes”, aseveró Jorge ávila, matador de toros.
Al abundar sobre la Ley de Protección y Bienestar Animal, dijo que como matador de toros está de acuerdo con el dictamen original de la ley, que considera el bienestar animal en general, no las prohibiciones que se promulgaron en julio.
Por último, insistió en que a diferencia de las reses mansas, que son las destinadas para consumo humano, los toros bravos tienen una vida y un final diferente.
Publican ley oficial que prohíbe las corridas de toros en Quintana Roo
Tras 152 días desde que su aprobación en el pleno del Poder Legislativo de Quintana Roo, al fin se publicó en el Periódico Oficial de la entidad la polémica Ley de Bienestar Animal que prohíbe las corridas de toros y las peleas de gallos y perros.
El presidente de la Mesa Directiva de la XVI Legislatura de Quintana Roo, Gustavo Miranda García, celebró la publicación de esta normatividad y destacó el trabajo realizado por los diputados predecesores que lograron aprobar dicha ley, avalada con el voto mayoritario el pasado 27 de junio, la cual prohíbe de manera definitiva cualquier actividad que conlleve maltrato animal, además de imponer mayores sanciones y protecciones en contra el abuso.
“Estamos hablando de un hecho histórico para el estado, debido a la importancia del contenido de este estatuto y en el que trabajamos tanto los diputados de la XV Legislatura como los actuales, para lograr que finalmente se publicara en el Diario Oficial“, subrayó el legislador.
Finalmente, el también presidente de la Mesa Directiva, recordó que la ley establece que las corridas de toros, al igual que el dar muerte a un animal u otros actos de crueldad, son considerados infracciones administrativas y obliga a las autoridades a detener estos actos, procediendo a la clausura y aseguramiento de los animales.
Con información de INFOQROO