1.- Se ordena la suspensión inmediata desde el 30 de marzo y 30 de abril de actividades no esenciales en sectores público, privado y social para evitar la propagación del virus.
2.- Las actividades esenciales son: las necesarias para atender emergencias: sector salud público y privado, seguridad pública, protección ciudadana y actividad legislativa.
3.- Se exhorta a toda la población cumplir resguardo domiciliario (limitación voluntaria de la movilidad).
4.- Se aplica de manera estricta a todos los mayores de 60 años, personas con diabetes, hipertensión, embarazo.
5.- Se emitirán lineamientos para regreso escalonado de actividades no esenciales.
6.- Se detienen los censos y encuestas de personas.
7.- Todas las medidas se implementan en estricto respeto y apego a los derechos humanos.