CIUDAD DE MÉXICO.- Con 118 votos a favor y dos abstenciones, el Senado aprobó las reformas que permiten regular la subcontratación laboral (outsourcing) para las empresas privadas y el gobierno.
De esa manera, sólo se permitirá la subcontratación de servicios especializados o de ejecución de obras especializadas, que no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de la beneficiaria de estos, siempre que el contratista esté registrado en el padrón público.
Ante ello, el senador de Morena, Germán Martínez, se pronunció a favor del dictamen, “porque no podemos seguir en una sociedad de consumo voraz, no podemos seguir en una sociedad de mercado que humilla al obrero, al campesino, al jornalero con esquemas de avaricia, nomineros, factureros, criminales, ladrones del esfuerzo de los trabajadores, a muchos ya les dimos chanza durante esta reflexión de escapar, algunos andan con órdenes de aprehensión escapando, porque se han robado el fruto del trabajo de los trabajadores”.
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Mientras que que panista, Gustavo Madero, fue claro en señalar que, el outsourcing se regula, pero no se elimina. “Yo no quisiera que se engañara a la gente. Si se dice en un artículo que se prohíbe, pero en el siguiente artículo se permite, (ÔǪ) yo quisiera que fuéramos honestos en el sentido de decir se avanza, no se elimina”.
La senadora del PRI, Claudia Ruiz consideró que la aprobación del presente dictamen contribuirá al fortalecimiento de las finanzas públicas a partir del cumplimiento efectivo de las obligaciones fiscales y de seguridad social por parte de las empresas.
“Para el sector privado se traducirá en certidumbre jurídica que les permitirá mantener la subcontratación, como una herramienta, para responder con eficiencia a los retos y necesidades del proceso productivo en una economía globalizada. Pero, lo más importante es que para las y los trabajadores esta regulación salda una deuda histórica del Estado mexicano al garantizar el ejercicio efectivo de sus derechos laborales, independientemente, de su esquema de contratación”.
Las modificaciones a la Ley Federal de Trabajo, a la Ley del Seguro Social, a la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, al Código Fiscal de la Federación, a la Ley del Impuesto sobre la Renta, a la Ley del Impuesto al Valor Agregado, a la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado y a la Ley Reglamentaria del Apartado B del artículo 123 de la Constitución Política concede a los trabajadores el derecho a participar en el reparto de utilidades.
El monto de la participación tendrá como límite máximo tres meses del salario del trabajador o el promedio de la participación recibida en los últimos tres años.
La subcontratación de servicios especializados o de ejecución de obras especializadas, deberá formalizarse mediante contrato por escrito.
Las personas físicas o morales que proporcionen servicios de subcontratación deberán contar con un registro ante la Secretaría del Trabajo.
Para obtener el registro deberán estar al corriente de sus obligaciones fiscales y de seguridad social.
A quien realice la subcontratación de personal sin contar con el registro, se le impondrá multa de 2 mil a 50 mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), es decir, de 179 mil 240 pesos a 4 millones 481 mil pesos.
Para las empresas privadas las reformas entrarán en vigor el 1┬║ de agosto de 2021. En el caso del gobierno federal estas cobrarán vigencia el 1┬║ de enero de 2022.
El decreto se turnó al Ejecutivo Federal para su promulgación en el Diario Oficial de la Federación.