Este jueves Brasil reformó sus leyes y con ello publicó una serie de restricciones para las visitas íntimas a los presos.
De acuerdo con medios locales, en el texto publicado en el Diario Oficial brasileño las visitas íntimas cambia la nomenclatura a ¡visitas conyugales! y solo están autorizadas para personas casadas o con relaciones estables registradas.
Además, se establece que estas actividades podrán ser una sola vez al mes y tampoco puede haber cambio de cónyuge, pues una vez registrado el nombre se tiene qué esperar 12 meses después del registro para reemplazarlo.
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Aquí prohibirán visitas conyugales a los presos solteros
En la Resolución No. 23, la ¡visita conyugal!, ¡en los casos en que se autorice administrativamente, podrá otorgarse tanto a los presos provisionales como permanentes, independientemente de su nacionalidad u origen!, dice el texto.
La norma también enfatiza que este tipo de visita ¡es una recompensa, del tipo de regalía, otorgada a la persona privada de libertad, de conformidad con el art. 56, II, de la Ley de Ejecución Penal, debiendo atender las inquietudes del trato digno y progresiva vida familiar del interno!.