Alicia Medina Hernández, la diputada de la Ciudad de México que propuso que las personas menstruantes que padecen dismenorrea en un grado incapacitante obtengan permisos laborales con goce de sueldo por dos o tres días, confía en que su iniciativa sea aprobada por el Congreso federal, porque “se trata de un tema de derechos humanos, laborales y de salud”.
Esto luego de que la CDMX se convirtió en la primera entidad del país en aprobar e impulsar la iniciativa para modificar la Ley Federal del Trabajo y la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado.
Tras la aprobación de esta iniciativa en el Congreso capitalino, el pasado 14 de febrero, fue enviada a la Cámara de Diputados para su análisis, discusión y en su caso aprobación.
Alicia Medina, integrante de la Comisión de Asuntos Laborales, Trabajo y Previsión Social, explicó que estas modificaciones a las normas federales tienen como objetivo garantizar la seguridad de las mujeres trabajadoras. Sin embargo, para obtener el beneficio deben contar con un diagnóstico médico, expedido por “una institución pública, preferentemente, pero puede ser por un médico particular certificado”.
En la actualidad, comentó, “el 50% de las mujeres menstruantes que viven en la Ciudad de México, padecen estas complicaciones en sus períodos, lo cual debe ser atendido para que no sufran”. Además, se fomenta que vayan a las consultas con sus doctores y estén pendientes de su estado de salud.
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Reiteró que de aprobarse los cambios a la ley federal, quienes deseen obtener esta protección tendrán que contar con un diagnóstico médico certificado, el cual será integrado a sus expedientes laborales y, cuando sufran el padecimiento, solicitarán la incapacidad y sus empleadores deben otorgar el permiso con goce de sueldo.
La iniciativa contempla que las personas menstruantes tengan por derecho un día del año para acudir a una revisión o consulta médica, en la cual puedan practicarse un examen de mastografía y expliquen a sus doctores cuáles son los padecimientos que enfrentan constantemente.
También, incluye la prohibición a los patrones de despedir a una trabajadora o coaccionarla directa o indirectamente para que renuncie por razones de género o por ser diagnosticada con dismenorrea incapacitante.
Medina aclaró que dentro de la iniciativa se definió personas menstruantes porque: “Somos una entidad incluyente en su Constitución y decir que son mujeres es discriminatorio, por eso se debe de emplear la definición de personas”.
Con información de 24 Horas Nacional
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