Uber gana nuevo amparo tras inconformarse por la Ley de Movilidad

La plataforma de transporte Uber ganó una suspensión provisional en contra de algunos puntos de la Ley de Movilidad de Quintana Roo, luego de que la empresa de servicios de transporte consideró “no es razonable” la regulación impuesta a sus socios conductores en la Ley de Movilidad de Quintana Roo.

Según el cual la suspensión tiene el efecto de impedir los efectos y consecuencias de la referida Ley de Movilidad, en lo referente a que la empresa no se vea obligada a someterse el régimen de autorizaciones, permisos y declaratoria de sostenibilidad para poder operar en Quintana Roo., así como al pago de una contribución monetaria al estado de hasta 1.5 por ciento del costo de cada viaje.

La plataforma consideró que el poder Legislativo con los nuevos requisitos normativos se establecieron condiciones equiparables al catálogo de permisos exigidos en la concesión del servicio público de transporte y que ellos por ser servicio privado no estaría obligados a cumplirlas y de sancionar a los socios conductores, se le seguirá obstaculizando en sus servicios.

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Uber gana nuevo amparo tras inconformarse por la Ley de Movilidad

Y es que este jueves 8 de junio el noveno tribunal de circuito con sede en Quintana Roo otorgó la suspensión de uno de los más de 10 amparos que ha tramitado la empresa en contra de la referida Ley de Movilidad donde se reclama que con las modificaciones legales no se brindan las condiciones necesarias para cumplir con los requisitos.

Cabe señalar que con las medidas cautelares provisionales que goza Uber le permiten incumplir con algunas disposiciones de la Ley de Movilidad, como el artículo 151 que le obliga a presentar una solicitud de acreditación de conductores.

Otros son el 153, donde se le impone que los automóviles deben contar con una revista vehicular, en el 155 cumplir con el pago de las disposiciones fiscales, y en el 156, fracción II, debe entregar trimestralmente un padrón de conductores y vehículos.

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