Por fijar un cobro de 5% al consumo de energía eléctrica bajo el concepto de Derecho de Alumbrado Público (DAP), la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) promovió una acción de inconstitucionalidad contra el ayuntamiento de Tulum.
Según la CDNH, la comuna excede sus atribuciones al establecer este cobro, mismo que entró en vigor el 1 de enero pasado.
Información difundida por el portal de La Jornada Maya revela que la dependencia federal alega que es una legislación reservada y de competencia exclusiva del Congreso de la Unión.
Esto se destaca en el documento entregado por la Comisión ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Indica que “para el cálculo del monto a pagar por el servicio se tomaron en cuenta elementos ajenos al costo erogado por el municipio para la prestación del referido servicio”.
Esto, se considera “en perjuicio del principio de proporcionalidad tributaria aplicable al pago de derechos”.
“Permite cobrar montos distintos sobre un mismo servicio, en inobservancia del principio de equidad tributaria”, expone.
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El DAP no es nuevo en el ayuntamiento de Tulum
Se prevé que la Suprema Corte determine en los siguientes días si esta acción es o no constitucional y procedente.
Lo cierto es que esta situación es muy problema que quede en manos de la administración entrante, que tendrá las facultades para revertirlo.
Cabe recordar que el cabildo de Tulum aprobó esta medida en noviembre del año pasado, para lo cual se cambió la Ley de Hacienda Municipal, mismos que fueron enviados al Congreso del estado para su aval.
Cabe aclarar que ese mismo mes la comuna informó que la Ley de Hacienda de los Municipios del Estado de Quintana Roo contempla el cobro del Derecho de Alumbrado Público (DAP) desde el 2014 en su capítulo XVIII.
Es decir, que no se trata de un impuesto ni medida nuevo en este municipio de Quintana Roo.