La reforma constitucional ya es una realidad y entró en vigor a partir del 16 de septiembre de 2024. Es quizá la transformación de mayor calado del sexenio del presidente Andrés Manuel López Obrador, necesaria e imprescindible para el avance democrático y -algo de lo que no se habla-, evitar el fantasma de un golpe de estado desde ese poder, tal como lo han realizado recientemente en países como Perú y Ecuador.

En México hubo un intento fallido en septiembre de 2023, de destituir al presidente López Obrador, a través del ministro Luis María Aguilar Morales, quien proponía, en un proyecto presentado ante el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), emplazar al presidente de México a que ratificara a una magistrada del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA), “so pena de ser destituido de su cargo”.

Es decir, un sólo ministro se asumió con la capacidad de destituir al Presidente del país por encima de unas elecciones constitucionales. Y legalmente lo pudo haber hecho, aunque el Pleno no se atrevió a dar ese paso, sin embargo, el fantasma ahí estaba.

La inaudita sanción estaba incluida en los efectos de amparo que el ministro Aguilar proponía otorgar a María Bárbara Templos Vázquez, para que fuera ratificada por un segundo periodo de 10 años como integrante de la Sala Regional del TFJA. Sin embargo, al llegar al punto de la sesión en la que se votaría dicho proyecto, éste fue retirado por el propio ministro Aguilar.

De ese tamaño es y era la arrogancia y la “independencia” que querían proteger los actuales ministros.

Heyden quedará fuera y sin fideicomisos

La reforma es muy clara, en que los actuales magistrados y magistradas del Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJE) deberán elegirse en las elecciones extraordinarias 2024-2025, que organizará el Instituto Nacional Electoral (INE), igual que la mitad de jueces y juezas. La totalidad de éstos, es decir, la otra mitad, se elegirán en las elecciones ordinarias de 2027. Seguramente van a tratar de “torcer” la reforma, es decir, buscar criterios e interpretaciones, para lo cual la reforma contiene una vacuna en el artículo transitorio décimo primero, que dice:

“Para la interpretación y aplicación de este Decreto, los órganos del Estado y toda autoridad jurisdiccional deberán atenerse a su literalidad y no habrá lugar a interpretaciones análogas o extensivas que pretendan inaplicar, suspender, modificar o hacer nugatorios sus términos o su vigencia, ya sea de manera total o parcial”.

¿Podrá Heyden Torcer la reforma?

La reforma es clara: “no podrán crearse ni mantenerse fondos, fideicomisos, mandatos o contratos análogos que no estén previstos en la ley”.

Esto lleva especial dedicatoria a estados como Quintana Roo, donde Heyden Cebada hizo aprobar a la derrotada XVII Legislatura (2022-2024), dos reformas Constitucionales en agosto y diciembre de 2023, mediante las cuales alargaban su periodo hasta 2034 y le daban cheque en blanco para crear y operar fideicomisos a través del consejo de la Judicatura, sin rendir cuentas más que a él mismo como presidente del Pleno del TSJE. 

Usted se preguntará ¿cómo aprobaron reformas en sentido contrario del plan C y de los principios de la 4T? 

Caso Emiliano Ramos

Pues de ese tamaño es el poder de Heyden, quien utiliza a “su” Poder Judicial para ser juez y parte en el proceso, por ejemplo, el que le tiene fabricado a su enemigo político y sentimental, Emiliano Ramos, con total impunidad y sin que nadie de la 4T quintanarroense le pueda contradecir algo, porque tiene “independencia”. Usted tiene la última palabra.

Leave a comment

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *