En sesión pública celebrada este jueves 10 de abril, el Pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) recibió oficialmente a una de sus nuevas integrantes: la magistrada Thalía Hernández Robledo, recientemente designada por el Senado de la República.

La bienvenida fue encabezada por el magistrado presidente, Sergio Avilés Demeneghi, quien destacó el nuevo momento institucional que vive el órgano jurisdiccional.

Además, el lunes 14 de abril cuando se lleve a cabo una sesión solemne para formalizar la integración conjunta de ambas magistradas: Hernández Robledo y Claudia Ávila Graham.

Ávila Graham se excusa de participar por tema tratado

Aunque estaba prevista la presencia de ambas nuevas magistradas, Claudia Ávila Graham se excusó de asistir.

Esto, debido a que el asunto abordado en la sesión estaba relacionado con una decisión previa tomada durante su etapa como consejera electoral.

El tema en cuestión fue la solicitud de aclaración sobre el diseño de las boletas electorales para la elección del Poder Judicial.

Dicha resolución ya había sido revocada anteriormente, pero por esa razón, la magistrada optó por no participar y mantener la imparcialidad del proceso.

Teqroo aclara lineamientos del rediseño de boletas

Uno de los puntos centrales de la sesión fue la resolución del Cuaderno Incidental CI-2/RAP-009-2025/2025, relativo a la solicitud de aclaración de sentencia presentada por el Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo).

De manera unánime, el Pleno del Teqroo determinó que el rediseño de las boletas para el Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial 2025 deberá mantener la lógica del voto a través de listas completas de candidaturas, una disposición clave para la claridad del electorado.

“Sólo así se puede hacer funcional y práctico el diseño de las boletas por modalidad de elección, y evitar causar confusión en el electorado”, estableció el Tribunal.

Se protege la facultad originaria de los Comités de Evaluación

La resolución también reafirma el respeto a la facultad originaria y exclusiva de los Comités de Evaluación de los Poderes del Estado para integrar las listas de candidaturas, en concordancia con el artículo 102 de la Constitución Federal.

Esta decisión refuerza el compromiso del Tribunal con la legalidad, la claridad electoral y la autonomía de los órganos estatales involucrados en el proceso de renovación del Poder Judicial.