Hace unos días, diversos medios de comunicación realizaron publicaciones relacionadas con la propuesta de trasladar las concesiones de transporte público al gobierno del estado para ser administrados por este, a través del IMOVEQROO, con lo cual, se mueven los recursos e ingresos de los municipios que cuentan con concesiones, como lo es Benito Juárez, que ya desde la terrible era del Borgismo cuenta con el pésimo servicio de TTE que inundó el municipio y es responsable de una gran cantidad de accidentes, lesiones, homicidios imprudenciales y daños a los bienes del municipio, operando con total impunidad por ser concesiones estatales que simplemente desatienden las necesidades del gobierno municipal.

En una primera instancia, no se hicieron esperar las voces que ven esta propuesta como una violación flagrante al artículo 115 constitucional en su fracción III inciso h), que hace alusión a tránsito y además a sus planes de desarrollo urbano que implican, obviamente, la movilidad dentro de su territorio.

Sin embargo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en su comunicado de prensa 139/2019, de fecha 17 de septiembre de 2019 bajo el título “SCJN DELIMITA FACULTADES DE ESTADOS Y MUNICIPIOS EN MATERIA DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE PÚBLICO”, señala que las atribuciones de la Secretaría de Movilidad y Transporte de un estado, para coordinar lo relativo al sistema de transporte público, especialmente por lo que se refiere al establecimiento de tarifas y otorgamiento de concesiones, es constitucional, pues se trata de aspectos en materia de transporte y no de tránsito, esto derivado de la Controversia Constitucional 113/2018 promovida por el Municipio de Mazatepec, Estado de Morelos, en contra de los Poderes Legislativo y Ejecutivo del mencionado Estado, demandando la invalidez de diversas disposiciones de la Ley de Transporte local, publicada en el Periódico Oficial de esa entidad el 16 de mayo de 2018, mediante Decreto 2857.

En este orden de ideas, y una vez que la Suprema Corte de Justicia de la Nación en el año 2019 determinó la diferencia entre facultad exclusiva de tránsito municipal, independientemente de la facultad inherente al municipio para la creación de su Plan de Desarrollo Urbano que incluya en todo caso los trazos y rutas de movilidad, es viable que las secretarías u organismos de movilidad o transporte de los estados sean los entes encargados de otorgar las concesiones y emitir las tarifas.

Lo único que preocupa a los cancunenses es que esta situación pueda generar en lo futuro, cuando los gobernantes pertenezcan a partidos políticos diferentes, que se convierta el transporte público en un caos como lo han sido en diversas ocasiones las TTE y taxistas estatales en gobiernos priístas estatales contra administraciones perredistas municipales, o bien, que el titular del IMOVEQROO no tenga suficiente conocimientos de las formas de los municipios que son tan variados y ante una decisión de la capital, pueda generar conflictos de movilidad en los diferentes tipos de Quintana Roo que se representan en el sur, norte, islas y zona maya, en donde, sin duda, la autoridad está obligada a no dar trato igual ante tantas diferencias.

Un ejemplo de estos riesgos los acabamos de retomar en las comparecencias derivadas del informe de la gobernadora del estado, en donde se argumentó sobre la discriminación que sufren los mototaxistas con discapacidad o de la zona maya, al estar obligados a adquirir unidades de fabrica hasta antes que termine el año, cuando no existen en el mercado unidades que puedan ser incorporadas con sillas de ruedas por ejemplo, haciendo que la Ley y el Reglamento de la misma, adolezcan de una posible violación de derechos humanos que ponga en riesgo nuevamente su aplicabilidad.

Por último, y una vez que hemos dejado claro que la medida planteada de las concesiones administradas por el estado no es inconstitucional de conformidad con la controversia 113/2018 antes citada, es importante saber la forma en la que se llevará a cabo este proceso para no abusar de figuras emanadas del “softlaw” que están de moda y que, a través de acuerdos o convenios, le dan la vuelta a la Ley y debilitan el estado de derecho.

Lo ideal sería trabajar en una reforma integral en materia de concesiones de movilidad en lo municipal y estatal, para que más adelante, cando las cosas de la política cambien, no se dejen puertas abiertas para el inicio de juicios administrativos de responsabilidades como hemos visto en anteriores administraciones, ya que siempre es mejor arrastrar el lápiz y hacer consensos plasmados en normas, que abusar de los esquemas de “softlaw”, sobre todo, cuando los criterios de la Corte respaldan las decisiones.

HAN