QUINTANA ROO.- La Secretaría de Finanzas (Sefiplan) estatal anunció que los estímulos fiscales a personas físicas y morales residentes en Quintana Roo se extenderán este 2021.
Mediante un acuerdo publicado en el Periódico Oficial del estado, la Sefiplan estableció los apoyos a contribuyentes, con los que se pretende fomentar el cumplimiento oportuno de las obligaciones fiscales, evitando sanciones y "generando certeza y seguridad ante la posibilidad de atender compromisos que por su costo no habían iniciado o concluido".
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Pretende también incentivar la actividad económica a través del otorgamiento de estímulos directos en el pago de servicios que demandan las personas físicas o morales en su calidad de contribuyente con actividad comercial, industrial o de prestación de servicios, de manera permanente.
Se trata del pago del impuesto sobre uso o tenencia vehicular, ello con excepción de los concesionarios que exploten el servicio de renta de vehículos sin chofer. Será del 100% sobre el monto a pagar del concepto, así como por los vehículos adquiridos en diciembre de 2020 o todo 2021 que se den de alta en el registro estatal y para los usados que se matriculen en el estado.
También contempla 50% de estímulo fiscal sobre el monto total del impuesto, actualizaciones, recargos correspondientes a los ejercicios fiscales 2021 y anteriores por cada vehículo por el que se tenga que pagar, siempre y cuando regularicen sus obligaciones fiscales a más tardar el próximo marzo. Será de 40% el beneficio cuando la regularización sea de abril a diciembre.
A los concesionarios para explotar el servicio de renta de vehículos sin chofer se establece 50% de descuento en el pago de tenencia 2021, siempre y cuando se regularicen el primer trimestre. El beneficio baja entre más tarde la regularización. El descuento de impuesto al libre ejercicio de profesiones es del 100%.
De los servicios que brinda el Registro Público de la Propiedad y el Comercio, incluye descuentos de hasta 75% por el análisis y calificación del acto traslativo de dominio de una vivienda cuyo valor no exceda los 600 mil pesos o del 75% por el análisis y calificación del acto por el que se conceda un crédito con garantía hipotecaria o contrato de mutuo con garantía hipotecaria por concepto de adquisición de una vivienda, entre otros.
Con información de Ricardo Hernández