Ataca Gobierno publicidad engañosa
Ataca Gobierno publicidad engañosa

Una vez aprobada y publicada en el Diario Oficial de la Federación, el Gobierno federal se alista para aplicar la nueva Ley para la Transparencia, Prevención y Combate de Prácticas Indebidas en Materia de Contratación de Publicidad, buscando la transparencia y para combatir la opacidad o duplicidad.

El objetivo de esta ley ÔÇôcon sólo 13 artículos y que ya se envió al Ejecutivo federalÔÇô es promover la transparencia en el mercado de la publicidad, prevenir y combatir prácticas comerciales que constituyen una ventaja indebida a favor de personas determinadas en perjuicio de los anunciantes y, en última instancia, de los consumidores.

Esta norma será aplicable a los actos, contratos, convenios, acuerdos o procedimientos, cualquiera que sea el nombre o denominación que se le dé, que celebren entre sí dos o más de los agentes económicos.

En ese sentido, el diputado federal, Luis Alegre Salazar, presidente de la Comisión de Turismo de la Cámara baja, afirmó que la nueva ley se enfoca en la necesidad urgente de transparentar todo el tema, evitando la opacidad y duplicidad en materia de contratación de publicidad.

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Aprueban la ley con 339 votos a favor

Esta ley fue aprobada el último sábado de abril con 339 votos a favor, 92 en contra y 9 abstenciones. En su primer artículo precisa: La presente Ley es de orden público, interés general y de aplicación en todo el territorio nacional.

En atención a los objetivos establecidos en el artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, tiene por objeto promover la transparencia en el mercado de la publicidad, así como la prevención y el combate a prácticas comerciales que constituyen una ventaja indebida a favor de personas determinadas en perjuicio de los anunciantes y, en última instancia, de los consumidores.

En el contexto establece que una agencia sólo puede adquirir espacios publicitarios por cuenta y orden de un anunciante y en el marco de un contrato de mandato celebrado por escrito entre el anunciante y la agencia. Además, una agencia no puede adquirir espacios publicitarios por cuenta propia para su posterior reventa a un anunciante.

Establece multa hasta por el equivalente de 4% de sus ingresos a las empresas que incumplan los dispuesto en dicha ley.

Subraya que el medio deberá enviar la factura por concepto de la venta de los espacios publicitarios directamente al anunciante, aun cuando la agencia realice el pago en su nombre, conforme a la normatividad en materia fiscal aplicable.

Las denuncias derivadas de las disposiciones de ésta ley se sustentarán y procesarán por la Comisión Federal de Competencia Económica.

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COBERTURA DE LA NORMA

Aplica en actos, contratos, convenios, acuerdos o procedimientos, cualquiera que sea el nombre o denominación que se le dé, que celebren entre sí dos o más agentes económicos.

ELISA RODRÍGUEZ