Yucatán.- Bastaron 15 votos en contra para que en el pleno del Congreso de Yucatán se rechazara el matrimonio igualitario, luego de que ayer se aprobara el dictamen en comisiones.
El presidente de la mesa directiva del Congreso, Enrique Castillo, destacó que el dictamen se sometió a votación secreta, para velar por el voto libre y secreto de los legisladores.
Solo 9 votaron a favor de la propuesta para derogar los incisos tercero y cuarto del artículo 94 de la Carta Magna del estado que de manera expresa reserva el matrimonio a la unión de un hombre con una mujer.
De haberse aprobado hubiera sido un hecho histórico para Yucatán. Desde hace años se ha debatido el tema, y tanta controversia ha causado, que el Congreso de Yucatán, con capacidad para 180 personas, se llenó.
La diputada Rosa Adriana Díaz, coordinadora de la fracción parlamentaria del Partido Acción Nacional (PAN) es la principal opositora del matrimonio igualitario. Son seis de su bancada, y solo se necesitaban 3 votos más para echar para atrás la reforma constitucional.
En un momento Díaz detuvo la votación para pedir que la prensa se retirara porque se sentía vigilada para emitir su voto. Después, mostró su voto en contra.
Algunas personas presentes en contra de la diversidad sexual se hincaron para rezar con tal de que se rechazará el dictamen, indicaron medios locales.
#YaEsHoraYucatán: Grupos religiosos antiderechos se pusieron a rezar en contra del matrimonio igualitario afuera del pleno del @CongresoYucatan. ???
?: @kalycho. pic.twitter.com/ft7DuVm935
ÔÇö Homosensual ?´©ÅÔÇì? (@SoyHomosensual) 10 de abril de 2019
En respuesta, activistas de los derechos LGBTTTIQ desplegaron banderas del orgullo de forma pacífica. En redes sociales, algunos activistas y usuarios de Twitter compartieron su pesar ante el rechazo de la reforma.
El fallo es inconstitucional
En 2015 la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que los Códigos Civiles de los estados que consideren el matrimonio como la unión de un hombre y una mujer son inconstitucionales.
La jurisprudencia 43/2015 publicada en el Semanario Judicial estableció que el matrimonio no solo tiene como propósito la procreación, porque si eso fuera así, “no se podrían casar personas de cierta edad o personas que tienen alguna cuestión de salud”.
“Pretender vincular los requisitos del matrimonio a las preferencias sexuales de quienes pueden acceder a la institución matrimonial con la procreación es discriminatorio, pues excluye injustificadamente del acceso al matrimonio a las parejas homosexuales que están situadas en condiciones similares a las parejas heterosexuales”, precisa la jurisprudencia.
Con información de Infobae