CHETUMAL, Q. Roo.- El pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo sesionó ayer para resolver nueve quejas del Procedimiento Especial Sancionador, como el PES/027/2019, que interpuso el Partido Revolucionario Institucional (PRI) contra Eugenia Guadalupe Solís Salazar y los partidos políticos Acción Nacional y de la Revolución Democrática, por presuntas conductas ilícitas, derivadas de publicidad pagada mediante la red social denominada Facebook y por la violación a los derechos de las niñas, niños y adolescentes.

El pleno determino, por una parte, declarar la inexistencia de las infracciones atribuidas a Solís Salazar por el supuesto uso de recursos públicos y por actos anticipados de campaña y, por la otra, declaró existente las infracciones atribuidas a la denunciada por la propaganda personalizada de su imagen como servidora pública, solicitando se remita dicho expediente al Congreso del Estado para que proceda conforma a derecho por dicha irregularidad.

Otro caso dictaminado fue el PES/044/2019, que presentó la coalición “Orden y Desarrollo por Quintana Roo” contra Angélica del Socorro Carrillo Chulin y la coalición “Juntos Haremos Historia por Quintana Roo”, por la presunta comisión de actos que vulneran las disposiciones legales electorales en materia de propaganda electoral, que afectan la equidad en la contienda y violan los derechos de las niñas, niños y adolescentes.

Sobre este asunto, las magistradas y el magistrado que integran el pleno, por unanimidad de votos determinaron la existencia de las violaciones atribuidas Carrillo Chulin y la coalición que la postuló por no haber vigilado tales omisiones, imponiendo a ambos, una amonestación pública.

En el caso del PES/045/2019, que ingresó Morena contra Carlos Orvañanos Rea, Eduardo Kuyoc Rodríguez y el PAN, por supuestos actos anticipados de campaña cometidos por los otrora candidatos, el pleno determinó por unanimidad declarar la existencia de las conductas irregulares atribuidas a los otrora candidatos y al PAN, por no haber vigilado la comisión de esos actos, imponiendo a ambos una amonestación pública.

De igual manera, se atendió el PES/046/2019, que interpuso el partido Movimiento Ciudadano contra Erick Gustavo Miranda García y otros, por la presunta comisión de actos que vulneran las disposiciones legales electorales en materia de propaganda electoral, que afectan la equidad en la contienda y violan los derechos de las niñas, niños y adolescentes.

Por acuerdo plenario, se reenvió el expediente al Instituto Electoral de Quintana Roo para que esa autoridad, en el ámbito de su competencia, realice la separación de la queja y realice las diligencias necesarias para que esta autoridad jurisdiccional se encuentre en posibilidad de resolver el asunto, en razón de que se advirtió que no hay identidad entre los hechos, el sujeto y el objeto.

En esta sesión también se resolvió el PES/047/2019, presentado por Tyara Schleske de Ariño contra Karla Romero Gómez y la coalición “Orden y Desarrollo por Quintana Roo”, por supuestos actos de violencia política por razón de género y por la emisión de propaganda falsa. El pleno, por unanimidad, determinó la inexistencia de las irregularidades.

También se atendió el PES/048/2019, que presentó el PAN contra de Carlos Adrián Torres Alvarado y el Movimiento Ciudadano, por la supuesta comisión de actos que vulneran disposiciones legales electorales en materia de propaganda, que afectan la equidad en la contienda y violan los derechos de las niñas, niños y adolescentes.

Los integrantes del pleno determinaron la existencia de las irregularidades atribuidas al candidato y su partido e impuso a ambos amonestación pública por tales circunstancias.

Respecto al PES/049/2019, interpuesto por el Partido Encuentro Social Quintana Roo contra Tyara Schleske de Ariño y otros, por supuesta propaganda electoral en modalidad de publicidad que está pautando en su página de Facebook, el pleno aprobó por unanimidad la inexistencia de la conducta atribuida.

El PES/050/2019 lo presentó el PAN contra Ana Ellamin Pamplona Ramírez y la coalición “Juntos haremos historia por Quintana Roo”, por supuestas conductas que afectan la equidad en la contienda y violan los derechos de niñas, niños y adolescentes, consistentes en publicaciones de propaganda electoral. Por unanimidad, el pleno determinó la existencia de las irregularidades atribuidas e impuso amonestación pública a los denunciados.

El último asunto atendido fue el PES/052/2019, que interpuso el Partido Encuentro Social Quintana Roo contra Narciso Pérez Bravo por la supuesta destrucción, sustracción y sustitución de la propaganda electoral de la candidata Karla Yliana Romero Gómez. El pleno, por unanimidad, declaró la inexistencia de las infracciones, toda vez que no se aportaron los medios de prueba pertinentes, ni se establece las circunstancias de tiempo, modo y lugar para determinar las supuestas conductas irregulares.

Con información de Infoqroo.

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