CHETUMAL, Q. Roo.ÔÇö El pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) modificó la composición del listado de diputados de representación proporcional aprobada por el Instituto Electoral (Ieqroo), conforme a un proyecto de sentencia del magistrado Víctor Vivas Vivas, lo que implicó quitar la curul asignada originalmente al Partido Confianza por Quintana Roo para entregarla al Partido Revolucionario Institucional (PRI).

Con esa decisión, que trascendió previo a la sesión, la XVI Legislatura quedaría de la siguiente manera: Morena, 8 diputados; PAN, 4; PRI, 3; Verde, 3; PT, 3; PRD, 2; y MAS y MC, uno cada uno.

En su sesión de ayer, el Teqroo resolvió 10 asuntos relacionados con la asignación de diputados por el principio de representación proporcional, seis Juicios Ciudadanos interpuestos contra autoridades del municipio de Lázaro Cárdenas y tres quejas del Procedimiento Especial Sancionador.

Sobre los 10 asuntos interpuestos contra el Consejo General del Ieqroo y el acuerdo ÔÇôIEQROO/CG7A-157-19ÔÇô por medio del cual se asignan diputaciones por el principio de representación proporcional para la integración de la XVI Legislatura del Estado, siete eran Juicios Ciudadanos y tres Juicios de Nulidad.

Los Juicios para la Protección de los Derechos Político Electorales de los Ciudadanos del JDC/021/2019 al JDC/027/2019 fueron interpuestos por Edgar Humberto Gasca Arceo, Arturo Castro Duarte, Juan Carlos Beristain Navarrete, María Antonieta Aguilar Ríos, Carlos Orvañanos Rea, Manuel Cipriano Díaz Carvajal y Jesús Alberto Zetina Tejero, respectivamente, en tanto que los Juicios de Nulidad JUN/018/2019, JUN/019/2019 y JUN/020/2019 los presentaron los partidos políticos Acción Nacional, Encuentro Social Quintana Roo y Morena, respectivamente.

El Pleno, por unanimidad de votos determinó acumular los expedientes al primero que fue recibido e identificado con la clave de expediente JUN/020/2019, con el afán de resolver los asuntos de manera conjunta por existir conexidad en la causa.

Asimismo, determinó revocar el acuerdo del Ieqroo, con el argumento de que al aplicar la fórmula de sub y sobrerrepresentación no consideró adecuadamente la votación válida emitida, lo cual provocó un desajuste en el cálculo de la asignación de las curules de representación proporcional.

De igual manera, en atención a los agravios presentados por los actores de esos juicios, los magistrados ponentes en conjunto analizaron la fórmula de proporcionalidad que obliga la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales a aplicar al Ieqroo para optimizar la votación con relación al número de curules disponibles, también llamada fórmula ajustada a cero, lo que originó quitar el escaño otorgado al Partido Confianza por Quintana Roo y entregarlo nuevamente a Morena, pero al quedar más sobrerrepresentado, perdió la curul, que se otorgó al PRI, que estaba más subrepresentado con relación a la votación recibida.

También se resolvieron los Juicios para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano del JDC/029/2019 al JDC/034/2019, mismos que fueron presentados por María Trinidad García Arguelles, Fabiola Ileana Cervera Vidal, María Elena Ruiz Molina, Lourdes del Socorro Deinis Lugo, Leticia Alcocer ávila y Rubén álvarez Mendoza, respectivamente, contra el Presidente Municipal, el Secretario General y Tesorero del Municipio de Lázaro Cárdenas por la presunta vulneración de su derecho político electoral de ejercer el cargo de regidor (a).

En estos asuntos, se declararon infundados los agravios, toda vez que las supuestas violaciones imputadas al Presidente Municipal, Secretario General y Tesorero del Ayuntamiento no constituyen violaciones a los Derechos Político Electorales de los agraviados.

Asimismo, resolvió el Procedimiento Especial Sancionador PES/088/2019, que presentó el partido Movimiento Ciudadano contra el Partido Verde Ecologista de México y candidatos, por la supuesta comisión de conductas violatorias a la normatividad electoral, derivado de la realización de actos de posicionamiento durante el periodo de intercampaña.

Por acuerdo plenario, los magistrados determinaron la incompetencia de este tribunal para conocer del citado asunto por ser del ámbito federal y reencauzarlo a la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

De igual manera, el Pleno resolvió el Procedimiento Especial Sancionador PES/087/2019, que interpuso Edgar Benjamín Hernández Díaz contra Laura Beristain Navarrete y otros, por la supuesta vulneración al Artículo 134, séptimo párrafo de la Constitución federal, con la difusión de imágenes y videos de evento público y el Procedimiento Especial Sancionador, PES/089/2019, que ingreso el Partido Acción Nacional contra Freyda Maribel Villegas Canché, por la supuesta vulneración a las disposiciones legales electorales en materia de propaganda electoral.

En ambos asuntos, los magistrados del pleno, por unanimidad de votos, determinaron la inexistencia de las irregularidades imputadas a los denunciados.

Con la resolución de Diputados de Representación Proporcional se concluyen con todos los medios de impugnación relativos a la elección de diputados.

Con información de INFOQROO.

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