Protegen miel con Norma Oficial Mexicana
Protegen miel con Norma Oficial Mexicana

La comercialización de la miel por fin se protegerá con una Norma Oficial Mexicana, después de largos años de exigirlo; esto beneficiará a la Península, una de las regiones apicultoras más importantes del país.

La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural emitió un decreto, publicado en el Diario Oficial de la Federación, que instaura las reglas de la comercialización de la miel en el país.

“La NOM establece las características generales para la producción de miel que propicien el cuidado de las abejas melíferas y su correcto desarrollo, así como, las especificaciones que la miel debe cumplir para su comercialización, ya sea para consumo directo y/o procesamiento; a fin de coadyuvar en el desarrollo de la apicultura nacional y la competitividad de la cadena de la miel”, se lee en el decreto.

De ahora en adelante, la producción de miel deberá realizarse a través de la reproducción, crianza y desarrollo de colonias de abejas melíferas.

Se debe asegurar en todo momento el cuidado y el bienestar de los animales, a fin de garantizar la producción de alimentos y la protección de la diversidad biocultural propia de México. El apicultor deberá utilizar colmenas tecnificadas en buen estado que garanticen el correcto manejo y cuidado de las abejas para minimizar el daño a las colonia, detalla el documento.

Éste deberá revisar sus apiarios con una periodicidad de quince días como máximo, llevando registro de sus actividades por colmena y apiario que se exhibirá en una bitácora, para detectar y atender las necesidades nutricionales, alteraciones en la biología y comportamiento de las abejas, entre otras características.

El apicultor deberá realizar un correcto manejo integral de las colonias, que permita contar con abejas sanas, nutridas y vigorosas, para prevenir cualquier factor que ponga en riesgo el desarrollo de las abejas y las características propias de la miel”.

El apicultor, así como los integrantes de la cadena productiva apícola (acopiadores, envasadores, distribuidores, exportadores e importadores), deberán cumplir los ordenamientos de la Ley Federal de Sanidad Animal y su reglamento en materia de inocuidad, trazabilidad, buenas prácticas de producción, manufactura y envasado de miel que publique la Secretaría, concluye el documento.

El decreto es relevante, pues la industria de la miel tiene un inventario de dos millones de colmenas con una producción anual que supera las 57 mil toneladas de miel, beneficiando en forma directa e indirecta a más de 43 mil familias, a través de empleos.

Por Ricardo Hernández