SCJN

Aunque la SCJN ya ha resuelto la controversia Constitucional contra la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Quintana Roo, la resolución definitiva se encuentra en engrose y aún no se publica.

Y es que el municipio de Solidaridad promovió una controversia Constitucional, identificada con el número 177/2018, en contra de los poderes Legislativo y Ejecutivo de Quintana Roo, mediante la cual demandaba la invalidez de la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano de la entidad.

También demandaba la invalidez de la Ley de Acciones Urbanísticas del estado, la Ley de Vivienda, la Ley de Equilibrio Ecológico y la Protección del Ambiente, la Ley de Expropiación y la Ley de Propiedad en Condominio.

Todas ellas, reformadas y adicionadas, respectivamente, mediante el Decreto número 194, publicado en el Periódico Oficial de la entidad el 16 de agosto de 2018.

En sesión pública del Tribunal Pleno del 16 de marzo de 2021, la Corte votó diversos asuntos sobre la competencia, causales de improcedencia, precisión de la litis, cuestiones previas, catálogo de temas a analizar, las cuales se votaron a favor del proyecto de manera unánime.

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Resuelve SCJN controversia de Ley de Asentamientos

Donde hubo división fue en la pregunta de si era necesaria o no una consulta previa a las personas con discapacidad y los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas para su validez del decreto impugnado.

El 18 de marzo de ese año se volvió a sesionar para discutir más temas.

Consultada a la Suprema Corte sobre la existencia de resolución o sentencia sobre el asunto, mediante una solicitud de transparencia, el órgano respondió en afirmativo.

“Si bien en la Controversia Constitucional 177/2018 se ha dictado la resolución definitiva por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, lo cierto es que la respectiva sentencia aún no se plasma en el documento en que conste el acto de resolución”, se lee en la respuesta.

La sentencia existe como acto jurídico, sin embargo, se recogen las observaciones la proyecto original; se engrosa. Y en tanto no se termine el proceso, no se publicará el sentido de la resolución.

Ricardo Hernández

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