El pasado 13 de julio, la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) anunció que iniciará una nueva investigación por prácticas monopólicas contra las empresas de servicio de transporte marítimo de pasajeros y de carga en los cruces hacia Isla Mujeres y Cozumel.
En realidad, se trata de un procedimiento para determinar si se han o no actualizado, o si se están o no actualizando, cualquiera de las conductas previstas en el artículo 53 de la LFCE, vigente al momento del inicio de la presente investigación, según se lee en el Diario Oficial de la Federación.
La dependencia ya había investigado y determinado en 2021 que la Marina determinase las tarifas marítimas en Quintana Roo por haber encontrado prácticas monopólicas entras las empresas navieras, por lo que el nuevo procedimiento tiene por objeto determinar si se corrigieron las conductas encontradas en la referida investigación.
En dichas pesquisas se determinó también que la Cofece iba a establecer una regulación tarifaria a través de la Secretaría de Marina, luego de que se constató que los usuarios de este servicio no tienen otras opciones para trasladarse desde Isla Mujeres o Cozumel a la parte continental de Quintana Roo sin incurrir en costos adicionales.
“Lo anterior debido a que los servicios de transportes terrestre, aéreo u otras formas de transporte marítimo —como el de turismo náutico o el de transbordador—, no sustituyen a los ferris, entre otros factores, por las diferencias en las condiciones como facilidades, precio, velocidad de traslado y frecuencias”.
La dependencia confirmó en 2021 que Naviera Magna (Ultramar) tiene una alta participación de mercado y poder sustancial en los puertos Puerto Juárez y Zona Hotelera –en este último es el único oferente–, en tanto que en la ruta Cozumel—Playa del Carmen, Magna y Golfo Transportación (Winjet) tienen alta participación de mercado y un comportamiento similar en materia tarifaria y de horarios, en una estructura de mercado que no favorece la competencia.
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Transporte marítimo de Quintana Roo sujeto a investigación
Es decir, se ponían de acuerdo entre las empresas para fijar un solo precio del boleto, anulando la competencia entre ellas mismas.
El 25 de marzo de este año se publicó también en el Diario Oficial de la Federación, las reglas para el establecimiento de las tarifas por parte de las navieras. En dicha publicación se invita a que sean las propias navieras a establecer sus tarifas, tomando en base diversos criterios para que el servicio “se preste en condiciones satisfactorias de calidad y eficiencia”.
Los elementos a tomar en cuenta son la cantidad y tipo de embarcaciones operadas por ruta, el número de pasajeros, y la tarifa por el uso de la infraestructura y servicios portuarios, entre otros.
Los permisionarios debían considerar como mínimo los siguientes grupos tarifarios: local insular (adulto y menor), local peninsular (adulto y menor), público general o turista (adulto y menor), tercera edad y personas con discapacidad.
La propuesta de Tarifa Máxima por Pasajero debió ser presentada sin considerar el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y sin la Tarifa de Uso Portuario, mismos que son aplicados en el momento de la compra del boleto por el pasajero.
La Secretaría de Marina debió haber realizado un análisis de las propuestas de tarifa máxima por pasajero presentadas por los permisionarios y daría su respuesta (autorización o negación) en un plazo de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente a la presentación de la propuesta.
Las tarifas autorizadas debieron entrar en vigor a los 10 días hábiles a partir del día de su notificación y serán las máximas aplicables. Podrán actualizarse anualmente.
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