El SAT otorgó una prórroga hasta el 31 de julio de 2023 para proceder a la obligatoriedad del folio fiscal de la factura electrónica en materia de Carta Porte.

La decisión fue resultado de mesas de trabajo entre la autoridad tributaria y las distintas cámaras y asociaciones relacionadas con la industria de transporte, en las que se analizaron las necesidades específicas del sector.

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“Derivado de este diálogo y atendiendo las peticiones de dicho sector, el SAT anuncia que en aras de facilitar la emisión del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) al que se le incorpora el complemento Carta Pote, se prorrogará la aplicación de las sanciones derivadas de los requisitos en el llenado del referido complemento”, detalló en un comunicado.

“Esta extensión se brindará, igualmente, a la exigibilidad a partir del 1 de agosto de 2023 de la transmisión del folio fiscal del CFDI al que se le incorpora dicho complemento en materia de comercio exterior”, agregó.

El complemento Carta Porte se emplea para acreditar la legal estancia y/o la tenencia de los bienes o mercancías que se trasladan en el país.

Además el SAT indicó que con la finalidad de que los contribuyentes cuenten con los datos relativos al nombre, razón o denominación social, el código fiscal y el uso del comprobante que se exigen para la emisión del CFDI en su versión 4.0, se extendió el periodo para emitir este comprobante en la versión 3.3 hasta el 31 de marzo de 2023.

El Instituto Mexicano de Contadores Públicos ha exhortado a la autoridad tributaria a que la emisión del complemento Carta Porte ampare únicamente el traslado de mercancías, y no sirva para acreditar la legal posesión de ellas.