Ya es ley, deudores y agresores no podrán tener cargos públicos

Como una medida para combatir los distintos tipos de violencia hacia la mujer, el Congreso de la Ciudad de México aprobó la reforma Tres de Tres para que ningún deudor alimentario o agresor pueda aspirar a un cargo público.

La propuesta fue remitida por la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión en la cual se reforman y adicionan los artículos 38 y 102 de la Constitución en materia de suspensión de derechos para ocupar cargo, empleo o comisión del servicio público.

Al respecto, la diputada Gabriela Quiroga Anguiano del PRD resaltó que el Congreso local hace historia de frente al próximo proceso electoral, para que ningún violentador ocupe espacios como candidato, “la reforma constitucional Tres de Tres contra la violencia tienen la finalidad de que ninguna persona agresora sexual, deudora de pensión alimenticia o que haya incurrido en violencia familiar, pueda tener un empleo como funcionario público o un cargo de elección popular en ninguno de los tres órdenes de gobierno”.

La morenista Martha Soledad Avila Ventura dijo que este decreto tiene como propósito abonar en la lucha contra la violencia de género, “como una medida de sanción y prevención de los abusos en perjuicio de nosotras las mujeres”.

Expresó que esta aprobación en los niveles federal y local resulta urgente por el panorama en que se encuentran las mujeres, a meses de iniciar el proceso electoral de 2024.

En tanto, la diputada Ana Jocelyn Villagrán del PAN señaló que esta reforma contribuirá a atacar la problemática que enfrentan las mujeres en el país, especialmente en la ciudad.

Refirió que de acuerdo con el INEGI, en 2022 las llamadas de emergencia realizadas por mujeres violentadas se ubicó en la primera posición, con un registro de 287 mil 89.

La congresista del tricolor Tania Nanette Larios Pérez señaló que aún hay mucho que hacer pero “vamos por el camino correcto(…) ningún agresor más estará en el poder”.

No podrán tener un cargo público o aspirar a alguna candidatura la persona que sea prófuga de la justicia, tenga sentencia por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal, contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual, por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual, violencia política contra las mujeres en razón de género o por ser declarada como persona deudora alimentaria morosa.

Con información de: 24 Horas Nacional

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