Ley de hospedaje sacude a Airbnb

Por Ricardo Hernández

Cancún.- El servicio de hospedaje de Airbnb quedará limitado a 45 días al año, según la reciente reforma a la Ley del Impuesto al Hospedaje del estado de Quintana Roo.

El decreto número 293 por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de dicha Ley fue publicado en el Periódico Oficial del estado y las modificaciones entraron en vigor desde el primer día de este enero.

Entre las reformas, aparece la adición del último párrafo del Artículo 4, el cual versa sobre las empresas que ofrecen, mediante una plataforma digital alojamientos a particulares y turísticos y mediante la cual, los anfitriones pueden anunciar y arrendar sus propiedades temporalmente.

“Cuando intervenga una persona física o moral en su carácter de intermediario, promotor o facilitador en el cobro de las contraprestaciones por servicios de hospedaje a través de plataforma digital y en caso de que cubra por este medio, está obligada a retener y a enterar el impuesto a las personas a las que se preste el servicio de hospedaje, utilizando las formas autorizadas por la Secretaría (de Finanzas)”, se lee en el decreto.

Además, desde ahora, el anfitrión deberá solicitar su inscripción ante el Registro de Anfitriones en Línea por cada uno de los establecimientos en donde se brinde el servicio de hospedaje, antes de lo cual, deberá obtener su constancia que lo acredite como tal, misma que otorga la Secretaría de Finanzas estatal.

La constancia no será obligatoria para los anfitriones que brinden servicios de hospedaje, siempre y cuando acrediten que es residente permanente del inmueble.

Y “el período máximo para ofrecer la habitación no exceda de los 45 días al año, sea éste consecutivo o no”, asegura la ley; sin embargo, esto no lo exime del pago del impuesto por hospedaje.

Por último, se informa que las reformas entraron en vigor desde el primer día de enero, excepto las disposiciones de la constancia, mismas que obtendrán vigencia hasta el 1 de marzo de 2019.

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