Por Ricardo Hernández
CANCÚN, Q. Roo.- Para poner en marcha la Guardia Nacional es necesario que Quintana Roo aporte el 25% de los recursos que le fueron destinados este 2019 del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal (FASP), se informó este martes en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

De conformidad con el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2019 y los Criterios de distribución del FASP y los resultados de su aplicación, la entidad recibiría la cantidad de $185 millones 88 mil 698 pesos del fondo.

Sin embargo, según el Convenio de Coordinación suscrito por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública y el estado, a efecto de complementar los recursos necesarios para la realización del objetivo, la entidad se obliga a aportar de su presupuesto el 25% del total de los recursos federales otorgados, lo que representa la cantidad de 46 millones 272 mil 174.50 pesos.

El financiamiento conjunto pactado en el convenio, integrado por las aportaciones federal y estatal suman en conjunto 231 millones 360 mil 872 pesos.

OBJETIVOS

“El presente Convenio tiene por objeto coordinar acciones entre las partes, para que a través de los recursos del FASP, previsto en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2019 y los que aporte la entidad federativa, la misma esté en condiciones de atender las políticas, estrategias y prioridades orientadas al cumplimiento de los Ejes Estratégicos”, se lee en el documento.

El Gobierno de Quintana Roo destinará recursos del Financiamiento Conjunto para realizar acciones específicas en materia de seguimiento y evaluación, respecto de las acciones, metas, conceptos y recursos asociados de los Programas con Prioridad Nacional en materia de seguridad.

El stado deberá ejercer el dinero observando los criterios de eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez que aseguren las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás.

OBLIGACIONES

Según lo firmado, la entidad se compromete a orientar las acciones del personal policial a la búsqueda de personas desaparecidas y no localizadas, y esclarecer los hechos, así como para prevenir, investigar, sancionar y erradicar los delitos en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares, así como los delitos vinculados que establece la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas.

También a: “Remitir al Centro Nacional de Prevención del Delito y Participación Ciudadana del Secretariado el Programa de Prevención del Delito de Tortura, de conformidad con lo establecido por el artículo 62 de la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.

Debe desarrollar e implementar, en el ámbito de su competencia, medidas de prevención, así como investigar y sancionar las agresiones de las que sean objeto las personas defensoras de derechos humanos y periodistas, de conformidad con los artículos 34, 41 y 44 de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas.

El Gobierno estatal también se compromete a informar mensual y trimestralmente a el Secretariado Ejecutivo sobre las acciones realizadas con base en el presente Convenio.

El acuerdo estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2019, según se publicó en el Diario Oficial.

COMPROMISOS DE LA ENTIDAD

  • Establecer dos cuentas bancarias productivas específicas, una para la administración de los recursos federales del FASP con los rendimientos que generen y otra para la aportación del estado.
  • Registrar los recursos que por el FASP reciba en su respectivo presupuesto y deberán distinguirse de los recursos aportados por la entidad.
  • Informar para efectos de la cuenta pública local, así como presentar los demás informes previstos en la legislación local y federal.
  • Aplicar los recursos del FASP conforme al principio de anualidad previsto en el artículo 7, fracción IX, párrafo tercero del PEF 2019.
  • Reintegrar a la Tesorería de la Federación a más tardar el 15 de enero de 2020, los recursos con los rendimientos financieros generados que al 31 de diciembre del ejercicio fiscal 2019, que no hayan sido devengados por sus entes públicos o no estén comprometidos.
  • Cubrir los pagos respectivos a más tardar durante el primer trimestre del ejercicio fiscal 2020, con los recursos del FASP que al 31 de diciembre del ejercicio fiscal 2019 se hayan comprometido o devengados pero que no hayan sido pagados.
  • Financiar con recursos propios las acciones no previstas en el artículo 45 de la Ley de Coordinación Fiscal.
  • Abstenerse de adquirir para el uso de sus instituciones policiales, uniformes o vehículos con colores, imágenes o diseños similares que puedan confundirse con aquellos que son de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas Nacionales.
  • Establecer medidas de revisión y control permanente para garantizar que ninguna corporación policial, ni empresa de seguridad privada, emplee uniformes o vehículos con colores, imágenes o diseños similares que puedan confundirse con los de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas Nacionales.
  • Colaborar y participar en términos de la normativa aplicable, en operativos conjuntos con las autoridades competentes.

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