Plan B de la reforma modifica seis leyes electorales: Adán Augusto López
Plan B de la reforma modifica seis leyes electorales: Adán Augusto López

El Plan B de la reforma electoral aprobado este martes por la Cámara de Diputados modifica seis leyes en la materia.

Plan B de la reforma modifica seis leyes electorales: Adán Augusto López

“Son básicamente seis las leyes (…) se modifica la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Ley General de Partidos Políticos, la Ley General de Medios de Impugnación en Materia Electoral, la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, la Ley General de Comunicación Social y la Ley General de Responsabilidades administrativas”.

El titular de Segob señaló que dicho cambio contó con 261 votos a favor, 216 en contra y cero abstenciones.

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A su vez, subrayó que en todas las modificaciones no hay ninguna inconstitucionalidad pues se respetó lo que mandata el texto e incluso se fue más allá porque se fomenta el voto de electrónico y de los mexicanos en el extranjero:

“Se trata de una reducción sustancial en el aparato administrativo del INE, se le quitan facultades a la Secretaría Ejecutiva del Instituto, que era quien administraba el presupuesto y ahora se le otorga esa facultad a cinco consejeros elegidos expresamente por el Pleno y hay una reducción de aproximadamente de tres mil 500 millones de pesos”.

Además de esto, el gasto de operativo del Instituto se complementará con el de los institutos locales y del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación lo que redundará en un ahorro de poco más de cinco mil millones de pesos en su primer año.

A su vez -continúo Adán Augusto- se suprimen duplicidad de funciones en el INE, se reduce de 300 oficinas distritales, a 264, se reconoce por vez primera que los mexicanos en el extranjero podrán votar por internet, además de suprimirse el uso de los monederos electrónicos.

Y que:

“El INE no podrá impedir el registro de candidaturas, sin que haya más allá de los requisitos que están establecidos constitucionalmente para participar (…) no podrán ellos establecer criterios para anular candidaturas”.

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