Liberan más tierras para el Tren Maya

Un segundo paquete de 139 expropiaciones que comprende más de 2 millones de metros cuadrados distribuidos en 25 inmuebles será destinado para la construcción del Tren Maya en Quintana Roo, de acuerdo con la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu).

El decreto, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), detalla que dichos terrenos se encuentran en los municipios de Tulum, Felipe Carrillo Puerto, Othón P. Blanco y Bacalar.

Cabe mencionar que éstos forman parte de la declaratoria de utilidad pública expedida por la Sedatu para ocupar esos espacios del territorio nacional.

De acuerdo con la dependencia federal, se declara de utilidad pública el desarrollo del Proyecto Tren Maya que se materializará en la construcción de obras de infraestructura pública sobre los inmuebles que suman una superficie total de 2 millones 299 mil 274.452 metros cuadrados, comprendidos por todos y cada uno de los 139 predios, requeridos para la construcción de dicha obra de infraestructura pública.

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Liberan más tierras para el Tren Maya

La Federación anunció recientemente la expropiación de 151 terrenos que equivalen a dos millones 369 mil 977.862 metros cuadrados, destinados al Tramo 6.

El documento señala que, en ambos casos, el Fondo Nacional de Fomento al Turismo (Fonatur) y la Sedatu tienen que coordinarse a fin de gestionar los recursos necesarios y cubrir el monto de la indemnización, que en términos de ley se deba pagar a quienes acrediten la propiedad de los inmuebles, de conformidad con los avalúos que emitió el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.

“El Fideicomiso Fondo Nacional de Fomento al Turismo, Fonatur Tren Maya, S.A. de C.V. y la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano se coordinarán ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para solicitar las erogaciones que deban cubrirse con motivo de la entrada en vigor del presente decreto”, señala el decreto.

De esta forma, en un plazo de 10 días hábiles, los propietarios podrán acudir al procedimiento judicial a que se refiere el artículo 11 de la Ley de Expropiación, con el único objeto de controvertir el monto de la indemnización.

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