En Quintana Roo fueron aprobadas reformas al Código Penal y a la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para que toda muerte violenta de mujeres se investigue con perspectiva de género.
Es decir, que las investigaciones de casos de supuesto suicidio u homicidio doloso se realizarán con protocolos que permitan descartar cualquier feminicidio.
Según dio a conocer la XVII Legislatura, esta reforma busca garantizar que todas las muertes violentas de las féminas se investiguen bajo esta perspectiva.
También, incorpora los parámetros establecidos en la histórica sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre el feminicidio de Mariana Lima Buendía.
Se castigarán las negligencias de la autoridad
Las reformas destacan también las sanciones a los servidores públicos que no cumplan con esta determinación.
Es decir, tendrán repercusiones si son omisos en realizar actos de investigación, diligencias o actuaciones correspondientes para integrar la carpeta de investigación.
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Pérdida de patria potestad
Por otra parte, se aprobaron reformas al Código Civil y al Código Penal en materia de pérdida y suspensión de la patria potestad.
Los cambios establecen que se podrá perder o suspender, en caso de que el progenitor haya sido sentenciado por algún delito contra la libertad y seguridad sexual.
También, cuando sea condenado por el delito de feminicidio u homicidio en contra de la madre o el padre de los menores sujetos a patria potestad.
Asimismo, se podrá suspender la patria potestad a quien incumpla parcial o totalmente la obligación alimentaria provisional por más de 60 días sin causa justificada a consideración de la persona juzgadora.
Miscelánea
En materia penal se aprobó una reforma que establece agravantes a las penas en los delitos patrimoniales y la violencia familiar cuando sean cometidos contra adultos mayores.
También, se actualizó el concepto del delito de amenazas, que se considerará como tal cuando quien incurra lo haga una sola vez en contra de una persona.
Además, se avaló una reforma que incorpora un nuevo tipo penal en materia de acceso ilícito a sistemas informáticos.
Esta busca sancionar a aquellas personas que ingresen de manera ilícita a estos sistemas (bases de datos, software, aplicaciones, redes sociales, sistema, equipo, dispositivo fijo o móvil o cualquier medio de almacenamiento informático).
Ley para uso de fuegos artificiales
Los legisladores aprobaron establecer en la Ley del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente la prohibición de las instancias estatales y municipales de utilizar fuegos artificiales en los eventos públicos que realicen.
Además, se estableció que los fuegos artificiales de carácter explosivo o sonoro, para consumo ante una audiencia cercana o uso en exteriores, serán permisibles para ser utilizados únicamente en fiestas populares, espectáculos públicos o eventos privados.
Sin embargo, debe hacerse previa autorización que para cada caso expida la autoridad municipal respectiva.
Al respecto, la autoridad tomará en consideración las medidas de seguridad, así como la prevención y mitigación de los riesgos físicos, medioambientales y a la salud, entre otros.
En materia laboral se hizo una adición a la Ley de los Trabajadores al Servicio de los Poderes, Legislativo, Ejecutivo y Judicial, de los Ayuntamientos y Organismos Descentralizados del Estado.
Ahora, se establecer el derecho de las personas trabajadoras a la desconexión digital para que les sean garantizados, fuera del tiempo de trabajo legal o convencionalmente establecido, el respeto a su tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como de su intimidad personal y familiar.