Algunos partidos podrían perder su registro.
Los partidos que no alcanzan el porcentaje mínimo en las votaciones locales, pierden su representatividad ante el Consejo General. Credit: Armando Herrera / 24 HQR

Las deudas que deja un partido político luego de perder el registro y concluir el proceso de la revisión de las cuentas, se extinguen, debido a que ya no existe la figura, aunque en Quintana Roo no se ha dado el caso, informó Adrián Amilcar Sauri Manzanilla, presidente de la Comisión de Partidos Políticos del Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo), quien agregó que aún queda pendiente la extinción de tres partidos políticos en el estado.

Se trata de Encuentro Social por Quintana Roo (PES), Confianza por Quintana Roo y Fuerza México por Quintana Roo, que perdieron su registro en 2021, 2022 y 2023, respectivamente.

En este proceso electoral, con el 100% de las actas computadas, los partidos políticos que están a un paso de perder su registro en el estado son Más Apoyo Social (MAS) y el Partido de la Revolución Democrática (PRD), con el 1.88% y 2.49% de los sufragios, respectivamente.  

Razones por las que pierden registró los partidos

De acuerdo con la Ley General de Partidos Políticos, los institutos pierden su registro al no obtener el 3% de la votación válida en la elección.

“Nosotros como entidad estatal si un partido nacional, no logra el tres por ciento en nuestras elecciones locales, lo que pierde es la acreditación ante el Consejo General, es decir, ya no tendrá representación a nivel local y ahí queda el trámite. En el caso de los partidos locales, son los que pierden el registro”, explicó Sauri Manzanilla.

En el caso de que el instituto político es nacional y no llega al tres por ciento en una votación local, ya no puede participar en procesos electorales a nivel local y nada más.

Liquidación

En el caso de un partido político estatal, como es el caso del MAS, al no llegar 3%, se hace el procedimiento de liquidación del mismo, una vez que quede firme la elección, y es cuando se detiene el pago de las prerrogativas, las cuales se hacen cada mes.

Además de esto se nombra a un contador público como interventor para hacer la verificación de las cuentas en el proceso de liquidación, y se debe mantener el recurso en las cuentas al igual que los activos.

“Dentro del reglamento hay un orden en sus pasivos, pueden ser deudas a proveedores, pagos de salarios de trabajadores y con los activos que tenga el partido, ya sea recurso en cuenta, en propiedades, en bienes muebles e inmuebles, con todo ello se van saldando las deudas”, detalló el funcionario estatal.

En caso de haber remanentes, esto se regresa a la Secretaría de Finanzas y Planeación del Estado (Sefiplan) y ya ellos determinarán lo conducente.

Posteriormente, para dar por concluido el proceso, se cierra la actividad del partido político, añadió el presidente de la Comisión de Partidos Políticos del Ieqroo.

Pasivos superiores a los activos

Sin embargo, Sauri Manzanilla comentó que, al ser los pasivos superiores a los activos, ocurre lo mismo que con una empresa, que no hay posibilidad de pagar, lo que ha sucedido cuando todo es rentado y no tienen ningún activo, y se tiene que dar por concluido el procedimiento, al no haber manera de cubrir las deudas.

Afirmó que en el pasado las organizaciones que han perdido sus registros, no han presentado adeudos con proveedores y tampoco en cuestión de salarios de trabajadores, es decir, han cumplido con sus obligaciones, ya que es labor del encargado de las finanzas de los partidos políticos.

Finalmente comentó que en lo que se refiere a las penalizaciones al partido, “nosotros tenemos nada más pendiente el tema de sus multas, pero ahí la Ley es clara y en el caso de la extinción de los partidos políticos locales, se tienen que extinguir las multas al no haber materia para poder pagar las mismas”.

¿Qué dice la Ley General de Partidos Políticos?

Artículo 95: Los partidos políticos tienen la obligación de rendir informes anuales sobre el origen y uso de sus recursos ante el Instituto Nacional Electoral (INE). Estos informes deben ser claros, completos y oportunamente presentados para garantizar la transparencia y la rendición de cuentas en el uso de fondos públicos y privados.

Artículo 96: El INE auditará los informes presentados por los partidos políticos para verificar su veracidad y legalidad. Si se encuentran irregularidades, se aplicarán las sanciones correspondientes, las cuales pueden incluir multas, reducción de financiamiento público, e incluso la pérdida de registro del partido.

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