Bajo la lupa la Ley de Amparo.
La reforma a la Ley de Amparo, actualmente en revisión en el Congreso, modificaría drásticamente los mecanismos de defensa por parte de la ciudadanía. Credit: Especial

El presidente del Observatorio Legislativo, Eduardo Galaviz Ibarra, advirtió sobre posibles retrocesos en materia de derechos ciudadanos ante la iniciativa de reforma a la Ley de Amparo, presentada por la Consejería Jurídica del Gobierno federal el 15 de septiembre y actualmente en análisis en el Congreso.

Recordó que el amparo es la principal garantía judicial para salvaguardar los derechos fundamentales, considerado históricamente como el “recurso supremo” de defensa.

Subrayó que esta norma ha sido modificada en 11 ocasiones desde 1947.

Siempre bajo un principio de progresividad, pero señaló que la nueva propuesta plantea un giro “del principio pro persona al principio pro Estado”.

Claves de la reforma a la Ley de Amparo

Entre las modificaciones, destacó la redefinición del interés legítimo.

Esta obligaría al quejoso a acreditar una “lesión jurídica real, actual y diferenciada del resto de las personas”.

A juicio del Observatorio, este cambio podría restringir la capacidad de los ciudadanos para detener actos de gobierno con impacto social, ambiental o comunitario.

Además, la iniciativa introduce una distinción entre interés social e interés público:

  • Primero quedaría bajo vigilancia del Estado
  • Segundo sería ejercido directamente por éste, lo que, según el presidente del organismo, puede derivar en prácticas autoritarias.

Suspensiones, protección fiscal y efectos limitados

Otro punto señalado es la adición al artículo 129, que establece la improcedencia de la suspensión del amparo cuando exista “lesión al interés social”.

Además las disposiciones de orden público en materia administrativa, aspecto que quedará a la valoración judicial.

La propuesta también limita los efectos de suspensión en casos vinculados a protección e inteligencia financiera, especialmente en fenómenos como lavado de dinero y financiamiento al terrorismo.

Según la fundamentación, en los últimos siete años se han promovido amparos millonarios que han permitido a particulares y empresas evadir impuestos o desbloquear cuentas congeladas por la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF).

Impacto en el acceso a la justicia

No obstante, Galaviz Ibarra advirtió que, en materia fiscal, un amparo sin suspensión pierde efectividad, ya que el contribuyente tendría que esperar hasta el final del juicio —que puede extenderse por años— para obtener un beneficio, con el riesgo de quebrantos financieros.

Si bien reconoció avances como la digitalización de trámites, un plazo máximo de 60 días para emitir sentencia y un periodo de un año para la implementación, sostuvo que las condiciones más estrictas para acreditar interés legítimo limitarán el acceso a la justicia.

“Estas medidas reducen la capacidad de los ciudadanos para usar el amparo como una barrera ante normas o políticas que los afecten, lo que implica un retroceso en el acceso a la justicia”, señaló.

Finalmente, la iniciativa forma parte del paquete de reformas al Poder Judicial impulsado en el marco de la Cuarta Transformación y podría ser dictaminada en los próximos días.