Cometen delitos cibernéticos contra menores

En Quintana Roo 132 niños, niñas y adolescentes fueron víctimas de ataques cibernéticos durante el año pasado, de acuerdo con la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) de Quintana Roo.

Los delitos cibernéticos reportados incluyen acoso sexual cibernético, cyberbulling, glooming, pedofilia, sexting, amenazas, desaparición, difamación, acoso, usurpación de identidad, abuso sexual, extorsión, tráfico, corrupción de menores, pornografía.

También delitos como turismo sexual, lenocinio, trata de personas, pederastía, fraude al comercio electrónico y robo de contraseñas.

Aquellos delitos con la mayor incidencia fue la pornografía infantil con 45 casos el año pasado, glooming con 20 incidentes y acoso de menores con 13 registros, de acuerdo con informes en poder del medio.

De acuerdo con la organización internacional Save the Children, el grooming y, en su evolución digital, el online grooming (acoso y abuso sexual online) son formas delictivas de acoso que implican a un adulto que se pone en contacto con un niño, niña o adolescente con el fin de ganarse poco a poco su confianza para luego involucrarle en una actividad sexual.

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Cometen delitos cibernéticos contra menores

Esta práctica tiene diferentes niveles de interacción y peligro, apuntan: desde hablar de sexo y conseguir material íntimo, hasta llegar a mantener un encuentro sexual.

Se trata de un proceso en el que se produce un vínculo de confianza entre la víctima y el acosador.

El victimario intenta aislar poco a poco al menor, y lo consigue desprendiéndolo de su red de apoyo y generar un ambiente de secretismo e intimidad.

En el caso del online grooming el abusador envía, a través de un medio tecnológico, material sexual al niño o niña.

En el Código Penal de Quintana Roo está sancionado el cIberacoso sexual. De acuerdo con el Artículo 130 Quinquies, comete el delito de ciberacoso sexual quien con fines lascivos y utilizando la coacción, intimidación, inducción, seducción o engaño, entable comunicación a través de cualquier tecnología de la información y comunicación, con una persona menor de 18 años de edad o persona que no tiene capacidad para comprender el significado del hecho aún con su consentimiento.

A quien incurra en este delito se le impondrá una pena de dos a seis años de prisión y de cuatrocientos a seiscientos días multa, según el ordenamiento.

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