El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó una multa de 97.9 millones de pesos al Partido Revolucionario Institucional (PRI) por el caso de triangulaciones de recursos públicos con el Gobierno de Chihuahua, en 2015, durante el mandato de César Duarte.

TE PUEDE INTERESAR: Muere Antonio Tarín, ex funcionario de César Duarte

En sesión pública presencial, por unanimidad de votos, avaló el oficio de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral (INE) por el que se le informó al Partido Revolucionario Institucional (PRI) la deducción de financiamiento que se aplicaría para cubrir la sanción por recibir aportaciones de personas prohibidas por la ley.

Tras la resolución del Consejo General del INE que concluyó que, durante el 2015, el PRI recibió aportaciones de dinero en efectivo de la Secretaría de Hacienda del Gobierno del estado Chihuahua por un monto de 39 millones 166 mil 666 pesos, la autoridad nacional electoral sancionó al partido con una reducción del 25% de su financiamiento público mensual destinado a gastos ordinarios permanentes, hasta alcanzar la cantidad de 97.9 millones de pesos.

Confirma TEPJF multa al PRI por desvíos de Duarte

En cumplimiento a lo anterior, la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del INE emitió un oficio informando al partido sancionado la deducción que le sería aplicada en el mes de julio de este año. En desacuerdo con este oficio, el PRI acudió ante la Sala Superior del Tribunal.

El pleno, en sesión pública presencial, a propuesta del magistrado Indalfer Infante Gonzáles y con la ausencia justificada de las magistradas Janine Otálora Malassis y Mónica Aralí Soto Fregoso,.

Así como de los magistrados Felipe de la Mata Pizaña y José Luis Vargas Valdez, y la asistencia de la magistrada decana de las salas regionales del TEPJF Gabriela Villafuerte Coello, confirmó el oficio impugnado, porque el hecho de que el partido tenga otras multas pendientes de pago únicamente se debe a que ha realizado conductas indebidas.

De acuerdo al Tribunal, esto es acorde con el sentido y efecto disuasivo que deben tener las sanciones, ya que entenderlo de manera distinta generaría incentivos contrarios al efecto que se busca.

Asimismo, se señaló que no es posible retroceder el cobro de las multas ejecutadas, pues los recursos son entregados a la hacienda pública federal y tienen un destino específico que no puede ser modificado por la autoridad.