Sesión del Tribunal Electoral de Quintana Roo.
El Tribunal Electoral anuló acuerdos del Ieqroo que dieron plazo de 12 horas al PRD respecto a acciones afirmativas adicionales sobre cuotas de personas con discapacidad y del grupo LGBTTTIQ+. Credit: Teqroo.

El Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) revocó varios acuerdos del Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo) relacionados a la inscripción de candidatos del PRD en Solidaridad e Isla Mujeres y de Movimiento Ciudadano en Felipe Carrillo Puerto.

El pleno del Tribunal, unánime, anuló el acuerdo 96 del Consejo General del Ieqroo que se refiere al incumplimiento de postulación de acciones afirmativas adicionales de personas con discapacidad y del grupo LGBTTTIQ+ o de la diversidad sexual, en las candidaturas a miembros de los ayuntamientos del Partido de la Revolución Democrática (PRD).

Lo anterior, en respuesta al Recurso de Apelación RAP/080/2024 interpuesto por Morena.

El recurso también afectó los acuerdos 141 al 151 emanados del Consejo General, que resolvieron la solicitud de registro de las planillas de candidaturas a integrantes de los ayuntamientos presentadas por el PRD.

Uno de los puntos clave que el Tribunal consideró erróneo fue el plazo extraordinario de 12 horas otorgado al PRD para subsanar las deficiencias en la postulación de candidaturas por acciones afirmativas.

Esto, debido a que ya existe un procedimiento establecido para la verificación de cumplimiento y sustitución de las postulaciones de candidaturas por acciones afirmativas, como se establece en el criterio Vigésimo Octavo de los Criterios de Acciones Afirmativas.

Además, el Teqroo vinculó al Consejo General para que se pronuncie sobre el cumplimiento de las reglas de paridad, de acuerdo con el acuerdo 086 de 2023 y el artículo 277 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales.

Determinaciones del Tribunal

Por otro lado, el Recurso de Apelación RAP/081/2024 y su acumulado RAP/082/2024, presentados por Morena y Movimiento Ciudadano (MC) respectivamente, también fueron atendidos.

Estos recursos impugnaron el acuerdo del Ieqroo número IEQROO/CG/A-095-2024, que determinó el incumplimiento de acciones afirmativas adicionales en las candidaturas de Movimiento Ciudadano.

El Pleno decidió revocar el acuerdo y suspendió el procedimiento ordinario sancionador en contra de MC hasta que el Ieqroo emita una nueva determinación.

“Palomea” candidatura de Uri Carmona

En otro caso, el Pleno confirmó el acuerdo IEQROO/CG/A-115-2024, que resuelve la solicitud de registro de la planilla de candidaturas a miembros del Ayuntamiento de Solidaridad, presentada por la coalición “Sigamos Haciendo Historia en Quintana Roo”, y específicamente la designación de Uri Carmona Islas.

El tribunal determinó que el PRI no pudo demostrar que Carmona Islas fuera inelegible para ser candidato por la vía de reelección por un partido diferente, ya que se desvinculó del PRI mediante su renuncia a la militancia, dentro de los límites legales.

En relación con los recursos de juicio para la protección de los derechos político-electorales ciudadanos, el Teqroo declaró infundados los motivos de agravio en el JDC/028/2024, promovido por una servidora pública municipal, y declaró improcedente el JDC/029/2024, presentado por Areli Camargo Chávez.

“Reculan” recurso contra Marybel Villegas

Finalmente, el expediente del Procedimiento Especial Sancionador PES/032/2024 fue remitido nuevamente para garantizar su debida integración y emitir una resolución conforme a derecho.

Este recurso fue presentado por Román Alfredo Olan López contra Freyda Marybel Villegas Canché por presuntas infracciones en materia electoral relacionadas con el proceso interno de selección del partido Morena al cargo de Coordinadora de Defensa de la Transformación del municipio de Benito Juárez.

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