Manifestación en las afueras del Colegio de Bachilleres 2 de Chetumal.
Manifestación en las afueras del Colegio de Bachilleres 2 de Chetumal, que exhibió los casos de violencia digital contra al menos 5 alumnas. Credit: Marco Barragán. / 24 HQR.

La Fiscalía General del Estado (FGE) dio a conocer ayer que investiga un caso de pornografía infantil en el Colegio de Bachilleres 2 de Chetumal, donde ayer se manifestaron alumnas y madres de familia de al menos 5 niñas víctimas de violencia digital.

Leslie M. H., madre de una de las víctimas, convocó a una manifestación pacífica la tarde de ayer afuera del plantel, con el fin de solicitar la destitución del director Jesús Cetina Cetina por presuntamente proteger al alumno responsable de la transgresión.

Afirman que el joven exhibió en redes sociales fotos manipuladas con inteligencia artificial de algunas de sus compañeras.

Leslie M. H. explicó que su hija fue exhibida en diversas redes sociales y páginas para adultos con fotografías editadas en las que se montó su rostro en el cuerpo de otras personas, pero que este no es el único caso.

Precisó que tanto ella como otras cuatro jefas de familia en varias ocasiones solicitaron una aclaración ante el director, ya que sus hijas no querían asistir a la escuela por el miedo de ser exhibidas o juzgadas, por lo que al enterarse que Cetina Cetina protegió al alumno, ahora piden su destitución.

El pasado lunes el alumno fue retirado de las aulas, pero continúa tomando clase a través de medios digitales.

Para Leslie M. H. este castigo no es suficiente, pues asegura que no resuelve el problema de origen y expresó su inconformidad en las oficinas de la FGE, donde se le aseguró que por ser un menor de edad, no se le puede castigar como a un adulto.

Más casos en Bachilleres 2

Leslie M. H. estuvo acompañada de la abogada y activista Ariadne Song Anguas, ya que asegura hay más casos dentro de la escuela que están siendo permitidos por los trabajadores.

Minutos después el director del plantel, sin dirigir palabra alguna a las manifestantes, cerró la escuela con candados y solicitó la presencia policial por presunta violación a la institución.

Una de las alumnas declaró que la situación entre el estudiantado es tensa, ya que día con día los señalamientos son más fuertes, creando conmoción entre la comunidad estudiantil.

La madre de la afectada explicó que a pesar de que solicitó a las autoridades se abriera una carpeta de investigación hace una semana, no se le ha informado en qué va y aseguró que en los próximos días podría convocar a una manifestación por la omisión.

Horas después, a través de sus redes sociales, la FGE informó sobre la apertura de una carpeta de investigación “relacionada con un presunto caso de pornografía infantil en el municipio de Othón P. Blanco”.

Las indagatorias estarían a cargo de la Fiscalía Especializada en Investigación de Delitos Cometidos por Adolescentes.

También, aseguró que trabajará en coordinación con las autoridades del sector educativo y de atención a víctimas, y que investigará “de manera integral al presunto agresor, así como la aplicación de los protocolos de actuación del plantel y al personal docente para el deslinde de responsabilidades que deriven de las investigaciones”.

¿Por qué se investiga como pornografía infantil?

La llamada Ley Olimpia es la que tipifica como delito la violencia digital; es decir, el uso de Inteligencia Artificial para crear videos, fotografías y audios con el objetivo de vulnerar la intimidad y ejercer violencia sexual contra las mujeres.

Sin embargo, esta ley no contempla castigos punitivos contra menores de edad, por lo que al final no hay más que un llamado de atención por la comisión de esta falta.

Cuando se presenta una denuncia al respecto, las autoridades investigan los hechos como pornografía infantil, delito contemplado en el artículo 192 Bis del Código Penal del Estado de Quintana Roo.

Este define que será acusado quien ” (II) Video grabe, audio grabe, fotografíe o plasme en imágenes fijas o en movimiento, realizando actos de exhibicionismo corporal o de pornografía”.

En el índice III precisa que también será responsable quien “Promueva, invite, facilite o gestione por cualquier medio, la realización de actividades en las que se ofrezca la posibilidad de observar actos de exhibicionismo corporal o de pornografía, que estén siendo llevadas a cabo por persona menor de dieciocho años de edad.

Pese a que el Código Penal habla de sanciones de 7 a 20 años de prisión y 400 a 500 días de multa, no contempla a infractores menores de edad.

Leave a comment

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *