La modificación al Código Penal se someterá a votación.
De ser avalada la reforma en el Congreso, se perseguirá de oficio este delito. Credit: Armando Herrera

El diputado Hugo Alday Nieto, informó que la siguiente semana se someterá a votación en el Congreso del Estado de Quintana Roo la modificación al artículo 94 del Código Penal para sancionar a cualquier persona que induzca a la cohabitación forzada.

Además explicó que dicha modificación, a discutirse en el Congreso, establece dicha práctica como delito, por lo que ahora se perseguirá de oficio y la pena por este hecho se castigará hasta con 15 años de prisión.

“Se decreta en una siguiente sesión por parte del Pleno y ese decreto se manda al Periódico Oficial, y este tiene un tiempo para publicarlo, y en cuanto lo hagan, como entra en vigor el día de su publicación, en ese momento empieza a aplicar”.

Hugo Alday Nieto. Diputado.

Iniciativa en el Congreso

Agregó que “se reforma el artículo 194 del Código Penal, la intención es sancionar a cualquier persona que coaccione, o induzca a una o varias personas a unirse de manera mal o consuetudinariamente como pareja”.

Sin embargo, dejó en claro que esto aplicará siempre y cuando la otra parte sea menor de edad o no tenga la capacidad de comprender el hecho, o sea incapaz de resistirlo.

Explicó que lo último aplica cuando se trata de alguna persona con discapacidad, con incapacidad crónica, degenerativa o incapacidad motriz.

Situación preocupante

Alday Nieto aseguró que estas reformas obedecen a que la situación que se vive en algunos lugares de Quintana Roo es preocupante.

“Mujeres muy jóvenes o niñas que te abren la puerta como amas de casa ya con dos o tres niños y encerradas, es un tema gravísimo, no existe consentimiento alguno”, dijo.

Explicó que fueron muy claros al establecer en el Código Penal que no importa si hubo o no consentimiento.

Dijo que automáticamente se configura el delito y se enfocó para que se persiga de oficio.

“Si la víctima está encerrada en una casa las 24 horas, no va a poder denunciar y aquí la intención es que los vecinos o los parientes, o cualquier persona que se percate del hecho, pueda hacerlo del conocimiento de las autoridades”.

Hugo Alday Nieto. Diputado.

Sin beneficio

La pena por este delito sería de entre 8 y 15 años, pero en este caso, entre su mínima y su máxima no se acepta ningún beneficio para la persona que lo comete, expuso el también candidato a diputado por el Partido del Trabajo al Distrito 5.

Agregó que uno de los temas que se quiere inhibir es que en muchos casos cuando una persona contrae cualquier tipo de relación con otra y de pronto ésta fallece, toman como sustituta a la hija o hijo de la cónyuge y mucha gente lo normaliza, pero afirmó que dicha situación no puede ser ya que es un delito.

Finalmente comentó que esta modificación al Código Penal solventará una laguna legal, ya que el hecho antes se denunciaba, pero al no haber un delito específico en la materia, no había detención y ahora sí, la Fiscalía tendrá la posibilidad de actuar en consecuencia.

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