lesgilación ambiental

Luego de un año en pausa, el Poder Ejecutivo expidió el decreto del Reglamento de la Ley para la Prevención, Gestión Integral y Economía Circular de los Residuos de Quintana Roo, en el que se considera el aseguramiento de los productos o bienes, tanto para su donación o destrucción, además con dicha legislación publicada en el Periódico Oficial, se termina de aplicar la legislación ambiental en materia de residuos.

Ante ello, se ha dado un plazo de un año para sustituir el 10 por ciento de los productos a retornables, y recuperar el 30 por ciento de los artículos desechables, con respecto a envases para bebidas, por lo que se deberá priorizar la comercialización en sus presentaciones retornables. De igual forma, quedan prohibidos los platos, vasos, contenedores, charolas, neveras, entre otros productos fabricados con poliestireno expandido, o en combinación con otro material.

Y con respecto a los popotes de plástico usados en envases multicapa, deberán eliminarse o sustituirse en un periodo de dos años y sobre el aseguramiento de bienes, objetos o productos derivados de una conducta que constituya una infracción deberá ser provisional y será definitivo al dictar resolución administrativa.

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Queda establecida la lesgilación ambiental

Por otra parte, se debe mantener un registro, custodia, conservación y supervisión en el estado en que se hayan asegurado para ser devueltos o llevarlos a su destino. Y el destino final de los bienes puede ser donación a instituciones de salud públicas no lucrativas; y para la destrucción de productos o bienes será a cargo de la persona que incurrió en la infracción.

Y para la recolección selectiva se debe garantizar el aprovechamiento de los residuos valorizables a través de unidades vehiculares con características para la separación, evitando en todo momento la mezcla o contaminación de ellos. Y para los residuos generados en casa-habitación, comercios u otro tipo de generador tendrán que estar separados, de acuerdo con el criterio que emita la autoridad competente.

Y en el ramo de las tecnologías utilizadas para el tratamiento de los residuos deberán garantizar procesos que dañen el ambiente y la salud humana, contar con los permisos para garantizar el uso de la tecnología, además de presentar una solicitud ante la Secretaría de Salud.

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